1. |
Toda comunicación emitida y recibida por correo electrónico se considera oficial para la UPMH; dichas comunicaciones tendrá la misma validez que un documento con firma(s), sello (s) y logos, por ser un registro que cuenta con características claras de identificación tales como: fecha y hora de emisión; quién emite; a quién se dirige; asunto; contenido; entre otros. |
2. |
odo correo electrónico institucional requiere acuse de recibo a excepción de aquellos que solo contienen información para conocimiento y de difusión y que contienen la nota ‘No se requiere acuse de recibo’. La atención de asuntos deberá ser en tiempo y forma, según lo señale la comunicación.
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3. |
Todo correo electrónico emitido o recibido deberá conservarse como parte del archivo institucional.
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4. |
Si se realiza un cambio de función, plaza o en caso de baja laboral; la entrega administrativa correspondiente deberá incluir contraseña de e mail (s), así como especificaciones del periodo en el que cuenta con resguardo de las comunicaciones.
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5. |
Todos los profesores de tiempo completo, asignatura y de apoyo a la docencia, proporcionarán la dirección de correo electrónico institucional para asuntos propios de su labor; otras cuentas no serán válidas.
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6. |
Para asuntos institucionales solo serán válidas las comunicaciones electrónicas según correos publicados, mismos que se actualizarán cada ciclo escolar y serán publicados en la intranet.
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7. |
Es obligación del área de recursos humanos mantener actualizada la lista de personal adscrito a esta casa de estudios de forma mensual. Dicha información la proporcionará al área de sistemas informáticos para su respectiva publicación en intranet.
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8. |
Es obligación de cada miembro de la comunidad universitaria solicitar su correo electrónico y respectiva contraseña al área de soporte técnico.
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